Descanso del taxi 2026 · Madrid
Área de prestación conjunta de Madrid
Descanso semanal
- Cada licencia descansa un día de lunes a viernes según la terminación de su número, y un sábado o un domingo según sea par o impar (artículo 37 de la Ordenanza Reguladora del Taxi). El día de libranza va indicado con la letra del vehículo.
- Durante agosto se mantiene el descanso de lunes a viernes, pero no el de sábados, domingos ni festivos.
Festivos entre semana
- Las licencias cuyo número termina en par descansan los festivos impares; las que terminan en impar, los festivos pares.
- Además, descansan las licencias a las que les toque su descanso semanal ese día.
Vacaciones obligatorias
- Licencias terminadas en impar: del 1 al 16 de agosto (de las 6:00 del día 1 a las 6:00 del día 16).
- Licencias terminadas en par: del 16 de agosto al 1 de septiembre (de las 8:00 del día 16 a las 6:00 del día 1).
Según el Anexo I del régimen de descanso 2026 (BOAM n.º 10.037, 5 de enero de 2026), comprobado el 7 de octubre de 2026. Los vehículos eléctricos puros adscritos antes del 18 de julio de 2025 siguen exentos del descanso.